Las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2024 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de España contienen varios aspectos vinculados a criptoactivos y específicamente a monedas virtuales. Dichas directrices fueron publicadas el pasado 29 de febrero.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, desempeñando una importante labor para contribuir a la consolidación de las cuentas públicas y conseguir los recursos necesarios con los que financiar los servicios públicos. Para ello, la Agencia Tributaria tiene establecido como objetivo estratégico fundamental y permanente desde su creación el fomento del cumplimiento por la ciudadanía de sus obligaciones fiscales.
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El Plan Estratégico 2024-2027 recoge la orientación de la actuación de la Agencia Tributaria en esos años y constituye, dada su visión global y su carácter plurianual, el instrumento central de planificación. El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero desglosa las actuaciones más relevantes a llevar a cabo por la organización en el ejercicio 2024, en línea con lo establecido en el Plan Estratégico.
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Las directrices siguen la misma estructura que otro de los instrumentos de planificación de la Agencia Tributaria, como es el Plan de Objetivos anual, y giran en torno a cinco grandes pilares:
- Información y asistencia
- Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude
- La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero
- El control del fraude en fase recaudatoria
- La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas
Declaraciones de monedas virtuales en España
Una de las principales fuentes de información de la Agencia Tributaria es la que obtiene durante la ejecución del Plan Nacional de Captación de Información, que cada año define, impulsa y coordina la Oficina Nacional de Investigación del Fraude. En 2024 se seguirá la línea de adaptar las necesidades de información obtenidas a través del citado Plan a la evolución de la realidad económica
En el ejercicio 2024 se presentarán por primera vez las declaraciones informativas sobre monedas virtuales, sobre pagos transfronterizos, de operadores de plataforma y de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria.
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Se destaca como novedad en 2024 la implementación de las ya citadas nuevas obligaciones informativas sobre monedas virtuales, introducidas con la Ley 11/2021, que se han desarrollado reglamentariamente en el ejercicio 2023 y, en consecuencia, será el ejercicio 2024 el primer año en el que la Agencia Tributaria dispondrá de información sobre saldos y operaciones con monedas virtuales.
La información se obtendrá a través de las distintas declaraciones informativas existentes relativas a monedas virtuales: saldos en monedas virtuales (modelo 172), operaciones con monedas virtuales (modelo 173) y la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero (modelo 721).
Actuaciones de control en monedas virtuales
El control de las transacciones realizadas en dinero efectivo es prioritario, ya que suelen estar muy vinculadas a la economía sumergida, por lo que, con independencia de cuáles sean los límites cuantitativos que se encuentren vigentes de acuerdo con la normativa aplicable, las operaciones en efectivo continuarán siendo objeto de atención una vez más por parte de la Administración tributaria.
Estrechamente ligadas al mundo financiero se encuentran las operaciones que se realizan con monedas virtuales. En años anteriores, se ha mantenido la atención del control fiscal sobre la inversión en monedas virtuales por los riesgos fiscales que estas operaciones conllevan. Ello justifica el mantenimiento en el año 2024 de las actuaciones iniciadas en años anteriores, cuyo objetivo es facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias derivadas de las transacciones realizadas, así como el control de su correcta tributación.
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En este sentido, resultará especialmente relevante la información que se obtenga a través de los nuevos modelos informativos sobre monedas virtuales
Sistemas de pago virtual
En la actualidad, los llamados neobancos, representan un reto para el control fiscal. Igual que las entidades de pago electrónico y demás sistemas de pago virtual que proliferan desde diversas páginas web. Estos neobancos ocupan una cuota, cada vez mayor, del mercado de pagos y también de inversión directa. Aunque de momento no tienen una clientela masiva, el número de usuarios es más significativo cada vez.
Habitualmente, son empresas que están válidamente registradas ante las autoridades de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Por lo que en virtud de los derechos de libre establecimiento y libre prestación de servicios, pueden prestar servicios financieros digitales en España, sin tener presencia física alguna.
Al respecto el Plan dice que se intensificarán los controles sobre aquellas empresas que utilicen medios de cobro que se encuentren al margen de las obligaciones de suministro de información de pagos por medio de tarjeta de débito y crédito. El objetivo es evitar que dichos medios de pago alternativos constituyan una vía de elusión o fraude.
Por otra parte, seguirán las captaciones de información relativas a empresas intermediarias de la inversión y pago en monedas virtuales, para aumentar el conocimiento de los inversores de este tipo de criptoactivos, la fuente de su renta y patrimonio, así como la posible existencia de rendimientos o plusvalías obtenidas de dichas inversiones
Vigilancia aduanera y blanqueo de capitales
Durante 2024, se continuará reforzando la cooperación y colaboración con organizaciones y entidades internacionales con competencia en estas materias. Se hará mediante la participación en operaciones de carácter internacional que, a su vez, impliquen la participación de distintas autoridades aduaneras y policiales, tanto europeas como de terceros Estados.
Con el fin de neutralizar las estructuras económicas y financieras de las organizaciones criminales, y evitar que la amenaza del blanqueo de capitales y el fraude fiscal pueda ser culminada o apoyada mediante la circulación de dinero en efectivo en importantes cantidades, se desarrollarán acciones operativas específicas de control sobre movimientos de medios de pago en efectivo.
Se pretende así identificar nuevos métodos y tendencias en los movimientos no declarados de efectivo, nuevos métodos de ocultación de los mismos, aumentar la comprensión del riesgo representado por el movimiento ilícito de efectivo, mejorar la información relacionada con los movimientos de efectivo, y comprobar el grado de cumplimiento y la aplicación de sanciones por infracción a las limitaciones de pagos en efectivo cuando alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.
Con idénticos fines, se continuará explorando y profundizando en posibilidades de análisis e investigación de flujos de criptoactivos procedentes de monederos existentes dentro de negocios ilícitos.
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