El Congreso de EEUU aprobó ayer una resolución que rechaza la norma dictada por la SEC que impedía a los bancos ofrecer custodia de activos digitales, como bitcoin. El Boletín de Contabilidad del Personal (SAB) 121 de la Comisión de Bolsa y Valores de EEUU (SEC) impedía a los bancos proporcionar servicios de custodia a inversores de activos digitales al exigirles mantener dichos activos en el balance.
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Según el congresista Mike Flood, la SEC emitió el SAB 121 sin consultar con los reguladores y sin pasar por el proceso de notificación y comentario. Flood considera que ante una extralimitación por parte de un regulador, la función del Congreso es servir de control. «La votación ha sido un paso clave para hacer retroceder el SAB 121, y espero con ansias una votación del pleno de la Cámara para que podamos poner fin al SAB 121», indicó.
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Flood es miembro del Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes, que fue el organismo que aprobó la resolución para rechazar la norma contable de la SEC. El SAB 121 ordena a las entidades que custodian activos digitales que lo hagan en el balance. La norma de la SEC excluye a las instituciones más reguladas de un mercado que conocen bien: la custodia, explica el congresista.
La regla de la SEC tiene ramificaciones graves para los bancos, indica Flood. Por ejemplo, en los ETF de bitcoin al contado aprobados recientemente por la SEC, los bancos no pueden actuar como custodios de bitcoin en dichos ETFs.
Falta de custodios bancarios para los ETF de bitcoin
«La falta de custodios bancarios para los ETF de bitcoin es particularmente importante, porque tener claves privadas de bitcoin es similar a llevar dinero en efectivo físico. Ambos son instrumentos al portador, lo que significa que se presume que el tenedor del activo tiene el control total. Solo hay cuatro custodios en total para los once ETF de bitcoin aprobados por la SEC. Ninguno de ellos son bancos»
Flood indicó que la decisión de exigir a los bancos que mantengan estos activos en sus balances es bastante significativa. Si un banco custodiara activos digitales de acuerdo con los parámetros del SAB 121, el tratamiento en el balance afectaría sus otras obligaciones regulatorias, como sus requisitos de capital y liquidez. «Con SAB 121, los bancos deben optar por custodiar activos digitales, inflando así su balance y afectando gravemente a todas las demás líneas de negocio, o permanecer fuera del mercado. El SAB 121 impide por completo que los bancos se hagan cargo de la custodia de los activos digitales», afirma Flood.
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